Condiciones de Ventas

Condiciones Generales de Venta para suministro de productos y servicios de operational services GmbH & Co. KG

Estado: 06.03.2009

I. Vigencia de estas cláusulas
  1. A menos que existan acuerdos diferentes en casos concretos, nuestros contratos se formalizan exclusivamente conforme a las siguientes disposiciones; al asignar el pedido, el cliente declara su aceptación de nuestras condiciones. Las condiciones del cliente que sean contrarias a las nuestras o difieran de estas, solo serán vinculantes para nosotros previa aceptación expresa por nuestra parte. Nuestras condiciones tendrán validez incluso si, sabiendo que existen condiciones del cliente que son contrarias a las nuestras o difieren de ellas, realizamos el suministro de nuestro producto o servicio sin reservas.
  2. Estas Condiciones Generales de Venta son válidas para todos nuestros suministros de productos o servicios y para todas las obligaciones jurídicas resultantes de una relación con el cliente. Con respecto a las empresas y las personas jurídicas de Derecho público, nuestras condiciones también tienen validez para todas las futuras relaciones comerciales.

II. Formalización del contrato
  1. Un contrato con nosotros solo se considera formalizado si el cliente ha aceptado nuestra oferta sin reservas o recibe nuestra confirmación del pedido por escrito o iniciamos el suministro de nuestros productos o servicios. Si emitimos una confirmación del pedido por escrito, esta será determinante para el contenido y el volumen del contrato, siempre que no se haya acordado expresamente algo diferente.
  2. Las modificaciones, acuerdos paralelos y textos complementarios, así como posibles acuerdos de calidad o la aplicación de garantías requieren un acuerdo expreso por escrito para tener efecto.

III. Ejecución del pedido
  1. Siempre que no se haya acordado algo diferente, el objeto del suministro de productos o servicios solo debe presentar las características, datos técnicos, etc. establecidos expresamente en el contrato; estos solo servirán para la aplicación de una garantía si declaramos expresamente que lo avalamos, independientemente de la deuda contraída, o si los designamos como tales por escrito; las declaraciones de garantía deberán emitirse por escrito. Nos reservamos el derecho a la existencia de diferencias técnicas y de diseño con respecto a las descripciones y los datos de nuestros prospectos, catálogos o documentación de venta similar, así como a intercambiar componentes de valor técnico equivalente o superior sin que el cliente pueda deducir de ello ningún derecho contra nosotros. Este tipo de descripciones y datos, así como los mensajes publicitarios (también del fabricante) no contienen declaraciones de garantía. Siempre que no se deduzca lo contrario de la normativa legal, solo estamos obligados a prestar asesoramiento si se ha incluido en el contrato como obligación principal.
  2. En caso de suministro de software, los programas que suministramos, o bien se ceden en los soportes de datos que utilizamos habitualmente, o bien proporcionamos al cliente un acceso online a nuestros ordenadores para que los descargue, a nuestra discreción. A no ser que se haya acordado expresamente, no se incluirán en el volumen de suministro los nuevos desarrollos o mejoras del software.
  3. El cliente debe comunicarnos en su totalidad los hechos que sean relevantes para la ejecución de nuestro suministro de productos o servicios. No estamos obligados a comprobar la corrección e integridad de los datos, informaciones u otros servicios que el cliente ponga a nuestra disposición, siempre que no exista motivo u obligación de comprobarlo como obligación contractual aceptada, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. En caso de que se realice algún trabajo en las instalaciones del cliente, deberán ponerse a disposición de nuestros empleados los puestos de trabajo y los medios de trabajo suficientes de forma gratuita.
  4. Si desarrollamos alguna actividad fuera de nuestras instalaciones, el cliente debe tomar todas las medidas de seguridad necesarias para prevenir accidentes, siempre que la naturaleza de la actividad o un acuerdo previo con el cliente no indiquen lo contrario. Tenemos derecho a negarnos a realizar el suministro de nuestros productos o servicios si no se toman las medidas necesarias.
  5. Independientemente de que continuemos asumiendo la responsabilidad de cumplir con los servicios que proceden en virtud del contrato, tenemos derecho a incluir a terceros en la ejecución del contrato sin restricciones. Si hay empleados cuya intervención haya sido acordada por contrato y se ven impedidos para realizar el trabajo por motivos ajenos a nuestro control, estamos autorizados a sustituirlos por otros empleados apropiados.

IV. Cambios en el volumen de suministro
  1. Los cambios posteriores al contrato en el volumen de suministro requieren siempre de nuestro consentimiento por escrito. En cualquier caso, siempre será un requisito imprescindible que exista un acuerdo sobre la adaptación que es necesario realizar en lo relativo a la descripción del volumen de suministro, la retribución, el calendario y los plazos de ejecución, así como todos los demás aspectos que una de las partes considere que deben ser regulados. El consentimiento y el acuerdo siempre deberán realizarse por escrito.
  2. Tenemos derecho especialmente a exigir una prórroga adecuada de los plazos de suministro del producto o servicio, además de un plazo de reinicio y la asunción de los costes que conlleva la comprobación de la solicitud de modificación.

V. Obligaciones de colaboración del cliente en servicios de asesoramiento y creación de software
  1. Debido a la gran complejidad y personalización de los productos informáticos y de software, el éxito del proyecto requiere una estrecha colaboración con el cliente de forma regular. Por ello, las partes contratantes se comprometen a mostrar consideración mutua, facilitar información completa y advertir de forma preventiva de los riesgos y la protección frente a factores perturbadores, incluso procedente de terceros.
  2. El cliente asume que es una obligación contractual esencial procurar que todos los servicios de participación y provisión acordados se proporcionen con la calidad requerida y en las fechas acordadas o necesarias para la implementación del proyecto sin costes adicionales para nosotros. Siempre que sea necesario para el proyecto, pondrá personal propio a nuestra disposición en cantidad suficiente e interlocutores competentes durante la ejecución completa del proyecto. Si se formulan requisitos en el pliego decondiciones o en algún otro apartado del contrato sobre los sistemas externos utilizados por el cliente o terceros, el cliente deberá avalar el cumplimiento de dichos requisitos. Las consultas realizadas por nuestra parte que consideremos necesarias para la implementación del proyecto, deberán contestarse de inmediato.
  3. Si existe información o documentación del cliente que demuestre ser errónea, incompleta, poco clara u objetivamente no ejecutable, este llevará a cabo de inmediato las correcciones y/o adiciones necesarias en cuanto se las comuniquemos. Esto es especialmente válido en el caso de conceptos generales o específicos definidos previamente por el cliente. El cliente reparará o encargará la reparación inmediata de las deficiencias o fallos de funcionamiento de componentes suministrados que le indiquemos.

VI. Derechos de uso
  1. Siempre que no conste lo contrario en el contrato de forma expresa, con el suministro del software concedemos al cliente el derecho de uso no exclusivo del software, cuya modalidad se derivará del acuerdo concreto establecido conforme al certificado del software o de los acuerdos equivalentes formalizados por escrito (como licencia monopuesto o multipuesto, licencia de desarrollo o para una duración concreta). La licencia concedida al cliente incluye la lectura de programas en el hardware acordado desde los soportes de datos facilitados y para el uso previsto contractualmente. El uso del software en una red requiere nuestro consentimiento previo por escrito. Si el software suministrado no ha sido fabricado por nosotros, nuestra misión se limita a actuar regularmente como intermediario para facilitar un contrato de licencia con el fabricante. Por este motivo, el cliente acepta las condiciones de uso del software procedente de otro fabricante e incluido en el suministro, a las que hacemos referencia expresamente; estas condiciones son determinantes para el alcance de la concesión de derechos.
  2. Si el cliente tiene la intención de utilizar el software con otro hardware, debe borrarlo del hardware utilizado hasta el momento.
  3. El derecho de uso concedido al cliente permite crear una copia en formato legible por máquina para disponer de una copia de seguridad de los datos o archivarlos. El cliente debe identificar la copia expresamente como tal con referencia al software original y con su nombre exacto.
  4. El ámbito de uso, el rendimiento y todas las demás características específicas del programa se establecen conforme a la documentación que incluimos en el suministro.
  5. Se permite al cliente la concesión de sublicencias, así como el alquiler y el préstamo del software previo consentimiento nuestro por escrito.
  6. Independientemente del alcance de la transmisión de derechos al cliente, se nos permite en cualquier caso utilizar las ideas, las concepciones, los conocimientos prácticos adquiridos, etc. para la posterior creación de software.

VII. Plazos y fechas
  1. La planificación de fechas y los hitos de un proyecto sirven como orientación en el plan de desarrollo del proyecto. Las fechas previstas solo tendrán carácter vinculante si se acuerdan expresamente como fechas vinculantes; dado el caso, deberá reflejarse por escrito. Si no se ha acordado con nosotros ningún plazo o fecha vinculante, incurriremos en un retraso solo si el cliente ha establecido previamente sin resultados un plazo adicional adecuado para realizar el suministro debido. En cualquier caso, los plazos comienzan a partir de la prestación completa de todas las actuaciones de participación que deba realizar el cliente, así como, dado el caso, a partir de la recepción del pago de un anticipo acordado. Las solicitudes de modificación posteriores o las acciones participativas realizadas con retraso por parte del cliente, prolongan los plazos de suministro correspondientemente.
  2. Si el suministro debido se retrasa por circunstancias imprevisibles o fuera de nuestro control (como conflictos laborales, fallos de funcionamiento, impedimentos en el transporte, falta de materia prima, medidas de las autoridades -también para nuestros proveedores-, así como suministro propio impuntual), tenemos derecho a retirarnos del contrato o, a nuestra discreción, a posponer el suministro durante el tiempo que dure el impedimento. Se informará al cliente de inmediato de la falta de disponibilidad de los servicios. En caso de que nos retiremos, reembolsaremos al cliente la contraprestación correspondiente. Quedan excluidas las reclamaciones de indemnización por parte del cliente.
  3. Si el cliente incumple sus obligaciones de cooperación, participación o provisión de forma total o parcial, las fechas de suministro perderán su carácter vinculante y, ante todo, no incurriremos en demora. Tras un recordatorio de pago sin éxito tendremos derecho a exigir gastos adicionales por los daños generados. En ese caso se transfiere al cliente el riesgo de pérdida casual y deterioro casual del objeto de suministro en el momento en que incurra en demora de aceptación. Si el cliente incumple sus obligaciones de cooperación, participación o provisión dentro de un plazo adicional adecuado tras otro recordatorio de pago, tendremos derecho asimismo a rescindir el contrato sin previo aviso. En ese caso tendremos derecho a indemnización y remuneración al menos por un importe conforme al artículo 649 del Código civil alemán (BGB); los demás derechos permanecerán intactos. El mismo derecho nos corresponde en caso de que, por haberse producido un retraso, ya no se pueda implementar el proyecto en un plazo adecuado o solo con costes muy superiores, por ejemplo, debido a otros compromisos.
  4. Si incurrimos en demora por motivos de los que somos responsables o no podemos cumplir con nuestro deber de prestar un servicio por motivos que nos son imputables conforme al artículo 275, párr. 1 del BGB o podemos negarnos a realizar el servicio conforme al artículo 275, párrs. 2 y 3 del BGB, asumimos la responsabilidad con excepción de las limitaciones de responsabilidad conforme al apartado XII. de estas condiciones exclusivamente según la normativa legal.

VIII. Transmisión de riesgo

El riesgo de pérdida casual y deterioro casual del objeto de suministro se transmite al cliente con el envío, si hemos asumido los costes de envío u otros servicios adicionales o tiene lugar un suministro parcial. Se hace referencia al apartado VII. 3, frase 3 de estas condiciones.

IX. Aceptación
  1. Si nuestro suministro requiere aceptación, el cliente está obligado a ello. Los pequeños defectos que no perjudiquen seriamente a la utilidad del suministro para el fin establecido contractualmente, no dan derecho al cliente a denegar la aceptación sin perjuicio de su derecho a hacer valer sus derechos legales de reclamación por defectos.
  2. Se considera concedida la aceptación si
    • - el cliente rechaza la declaración de aceptación incumpliendo el anterior apartado 1 o a pesar de realizarse la solicitud en el plazo señalado o participar en una inspección de aceptación común
    • - el cliente no declara la aceptación por escrito de inmediato tras la realización de una inspección de aceptación común, aunque nos haya instado a ello con un plazo de cinco días laborables, a menos que el cliente especifique por escrito durante ese plazo los defectos por los que rechaza la aceptación, indicándole de nuevo al comenzar el plazo el significado previsto para su comportamiento.
  3. En caso de suministro de servicios parciales, tenemos derecho a aceptaciones parciales.
  4. Los servicios de carácter intelectual se consideran aceptados si el cliente no presenta objeciones expresamente por escrito en un plazo de 30 días tras su recepción y no especifica defectos concretos; no obstante, al comenzar el plazo le indicaremos de nuevo al cliente el significado previsto de su comportamiento. En caso de que exista alguna reticencia de este tipo, revisaremos nuestro servicio. Si se demuestra que alguna reticencia del cliente no está justificada, deberá asumir los costes generados, salvo que se trate solo de una negligencia leve.

X. Precios y pagos
  1. Son determinantes los precios indicados por nosotros, a los que se añadirá el IVA legalmente vigente siempre que proceda. En caso de que no se haya acordado lo contrario, además de la retribución acordada, tenemos derecho al reembolso de los gastos.
  2. Si se ha acordado una retribución por horas, tiene validez la lista de precios actual en el momento de la prestación del servicio, a menos que exista otro acuerdo para algún caso concreto. Para los servicios prestados en un plazo de cuatro meses tras la formalización del contrato no se produce ningún incremento en el precio. Las fracciones de horas se facturarán como horas completas.
  3. Nuestras facturas deberán abonarse sin descuento y libres de cargos según el plan de pagos acordado, o bien en un plazo de 30 días a partir de la fecha de factura. Si debido a acuerdos expresos para casos concretos se aceptan cheques, será únicamente en concepto de pago y sin descuento alguno. Los posibles gastos de descuentos correrán a cargo del cliente, los pagos en cheque se considerarán efectivos cuando los importes respectivos hayan sido abonados sin objeciones en nuestra cuenta. Nos reservamos el derecho a exigir pagos a cuenta y anticipos adecuados.
  4. Si el cliente tiene varias deudas con nosotros, nosotros determinaremos a cuenta de qué deuda se abona el pago. Los derechos de compensación le corresponderán al cliente solo si sus contrademandas se reconocen legalmente, las aceptamos o las reconocemos por escrito. Lo mismo es válido para la reivindicación de derechos de retención.
  5. Si tras la formalización del contrato llegan a nuestro conocimiento circunstancias según las cuales nuestros derechos frente al cliente corran algún riesgo por falta de capacidad del cliente, tendremos derecho a realizar los suministros aún pendientes solo a cambio del pago por adelantado o con una garantía financiera y a retirarnos del contrato tras el transcurso infructuoso de un plazo establecido a tal efecto; el apartado 2, frase 3 de esta sección tendrá validez en este sentido.
  6. En caso de demora en el pago, el cliente deberá abonar intereses de demora según el importe establecido legalmente siempre que no demostremos al cliente la existencia de daños mayores.

XI. Reclamaciones por defectos
  1. En caso de que hayamos realizado un suministro de productos o servicios deficiente, el cliente deberá concedernos la oportunidad de subsanarlo en plazos de tiempo adecuados, siempre que la subsanación no sea inaceptable para el cliente en un caso concreto o existan circunstancias especiales que justifiquen una retirada inmediata del contrato tras sopesar los intereses de ambas partes.

    En cualquier caso, nosotros tendremos derecho a elegir entre la subsanación del defecto o el suministro de un objeto sin defectos.
  2. En el caso de productos estándar de otros fabricantes, en los que únicamente actuamos como intermediarios para la formalización de un contrato con el fabricante (apartado VI. 1., frase 4 de estas condiciones), las reclamaciones por defectos del cliente se dirigen exclusivamente al fabricante correspondiente.
  3. El cliente está obligado a inspeccionar el objeto del suministro y determinar si presenta deficiencias evidentes. Los defectos evidentes, como la ausencia de soportes de datos o manuales, así como sencillamente daños reconocibles en un soporte de datos, se nos deberán notificar por escrito en el plazo de una semana tras la recepción del suministro. Los defectos que se pongan de manifiesto más adelante, antes de que transcurran los plazos de prescripción de los defectos, se nos deberán notificar por escrito en el plazo de una semana tras la detección por parte del cliente. En caso de incumplimiento de la obligación de comprobación y reclamación por parte del cliente, el objeto de suministro se considerará aceptado incluso ante la existencia del defecto en cuestión.
  4. El cliente debe realizar las reclamaciones por defectos por escrito y nombrando todos los defectos detectados e indicando las circunstancias en que se han puesto de manifiesto. Se considera que no existe un defecto si no se puede reproducir. Si el cliente ha manipulado el hardware o software suministrado, sus reclamaciones por defectos solo tendrán validez si puede demostrar que su manipulación no ha sido la causa de dichos defectos. Si algún defecto reclamado por el cliente resulta ser inexistente, especialmente si no puede reproducirse, tenemos derecho a exigir una retribución por los costes que nos haya ocasionado, salvo que se trate solo de una negligencia leve del cliente.
  5. Si la subsanación fracasa, la denegamos o no es aceptable para el cliente, en caso dado le asistirán los derechos legales a reclamación por defectos (retirada, reducción, subsanación por cuenta propia, indemnización por daños y perjuicios o indemnización por gastos en vano). Los derechos a indemnización por daños y perjuicios solo existen conforme al apartado XII. de estas condiciones.
  6. Si el defecto se debe a una divergencia insignificante con respecto a una característica acordada, al contratante le asiste solo el derecho de subsanación o de reducción adecuada a nuestra discreción. Si no se ha acordado ninguna característica, lo mismo se aplica en el caso de una divergencia insignificante con respecto a la idoneidad para el uso que se presupone por contrato y que normalmente es su uso corriente, habitual en productos del mismo tipo y que el cliente puede esperar.

XII. Responsabilidad y retirada
  1. Asumimos la responsabilidad de indemnizar por daños y perjuicios exclusivamente para el cumplimiento de las siguientes reglas:

    Por consiguiente, asumimos la responsabilidad por
    • - actuación premeditada o con negligencia grave
    • - cada incumplimiento culposo de las obligaciones contractuales fundamentales

    En caso de que asumamos la responsabilidad por negligencia leve, nuestra obligación de indemnización se limitará a la restitución del importe correspondiente a un daño previsible y típico del contrato.
  2. Aunque asumamos la responsabilidad por negligencia leve, en cada caso tendrá validez lo siguiente: por daños patrimoniales se establece un máximo de 50.000 € por siniestro o, si el objeto del servicio prestado es un programa con licencia, el límite será el importe del pago único de la licencia o la tasa por 12 meses de uso; se aplicará el importe máximo en cada caso; por daños materiales se establece un máximo de 500.000 € por siniestro. Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños materiales y patrimoniales.
  3. Hacemos referencia al apartado VII., 3. y 4. de estas condiciones. La responsabilidad por daños mortales, lesiones físicas o daños para la salud, así como la responsabilidad por productos conforme a los artículos 1 y 4 de la Ley de responsabilidad por el producto alemana (ProdHaftG) no se ve alterada por las normas anteriores sobre asunción de responsabilidad.
  4. Asumimos la responsabilidad de recuperación de datos solo si el cliente se ha asegurado de que los datos perdidos se pueden recuperar con un esfuerzo razonable. Por ello, el cliente está obligado a guardar copias de seguridad de los datos y los programas en intervalos adecuados para la aplicación.
  5. Siempre que nuestra responsabilidad de indemnización por daños y perjuicios quede excluida o limitada por las normas anteriores, se extenderá asimismo a la responsabilidad personal de nuestros órganos, empleados y demás trabajadores, representantes y auxiliares, así como a todas las reclamaciones por actuaciones ilegales (artículos 823 y ss. del BGB), no contra reclamaciones conforme a los artículos 1 y 4 de la ProdHaftG.
  6. Queda excluido el derecho del cliente a desligarse del contrato debido a un incumplimiento de obligaciones por motivos ajenos a nuestro control que no consista en un defecto en un objeto de compra o una obra.

XIII. Prescripción
  1. Las reclamaciones por defectos del cliente prescriben al cabo de un año desde el inicio de la prescripción legal. Quedan excluidas las reclamaciones conforme a los artículos 438 I, n.º 1, 2; 634a I, n.º 2 del Código civil alemán (BGB).
  2. Cualquier otra reclamación contractual del cliente, siempre que este sea un empresario, por infracción de deberes, prescribe al cabo de un año desde el inicio de la prescripción legal.
  3. Los plazos de prescripción legales no se ven afectados por las normas anteriores en los siguientes casos:
    • - para daños mortales, lesiones físicas o daños para la salud;
    • - para otros daños causados por el incumplimiento de una obligación con premeditación o negligencia grave por parte nuestra, de nuestros representantes legales o nuestros auxiliares;
    • - para el derecho del cliente a desligarse del contrato debido a un incumplimiento de obligaciones por motivos que nos son imputables y no consista en un defecto en un objeto de compra o una obra;
    • - para reclamaciones por ocultación dolosa de un defecto y derivadas de la garantía de características del producto según los artículos 444 o 639 del BGB;
    • - para reclamaciones de reembolso de gastos conforme al artículo 478, párr. 2 del BGB.

XIV. Reserva de propiedad
  1. Todos los objetos suministrados a empresarios siguen siendo exclusivamente propiedad nuestra hasta que se paga la cantidad adeudada por la compra y hasta que se pagan todas las deudas resultantes de la relación comercial. Está prohibida la pignoración, la transferencia de garantías o cualquier otra reutilización, a menos que la adquisición se realizara precisamente con el fin de una reventa. En ese caso, el cliente tiene el derecho revocable de revender la mercancía en el marco de una operación comercial reglamentaria en su nombre propio, siempre que no haya incurrido en demora en sus obligaciones de pago con nosotros y no exista ninguna prohibición de cesión entre el cliente y sus compradores.
  2. En caso de combinación o mezcla adquirimos parte de la propiedad, estando determinado nuestro porcentaje por el valor de la factura (nuestro precio de suministro con IVA y sin descuento); si el cliente adquiere la propiedad exclusiva por ley, nos transferirá el porcentaje correspondiente de nuestra propiedad y custodiará el objeto por nosotros. Tendrá lugar un procesamiento para nosotros como fabricantes.
  3. Las cuentas por cobrar generadas por la reventa o cualquier otro motivo jurídico (p. ej. seguro, acto ilícito) en relación con la mercancía reservada, incluyendo las deudas de saldo en la cuenta corriente, nos las cederá ya el cliente por motivos de seguridad por el importe del valor de la factura. Esto es válido asimismo si no estaba permitida la reventa según las restricciones anteriores. Aceptamos la cesión. Si solo nos corresponde una participación en la propiedad de la mercancía reservada, la cesión anticipada se limitará a la parte de la cuenta por cobrar que corresponde a nuestro porcentaje de propiedad según el valor de la factura.
  4. El cliente tiene el derecho revocable a recaudar las cuentas por cobrar que nos ha cedido en nombre propio. Esta autorización de cobro se puede revocar si el cliente no cumple debidamente con sus obligaciones de pago. En caso de revocación justificada, el cliente o su sucesor legal o agente concursal debe dar a conocer las cuentas por cobrar cedidas y sus deudores, junto con sus direcciones, si así se solicita; además deberá comunicar todos los datos necesarios para la recaudación, entregar la documentación pertinente y e indicar al deudor la cesión sin demora.
  5. En caso de acceso de terceros a la mercancía reservada, el cliente deberá advertir sobre nuestra titularidad e informarnos de inmediato. Además presentará de inmediato una demanda de forma voluntaria, en su propio nombre y a su costa conforme al artículo 771 del Código Procesal Civil alemán (ZPO).
  6. En caso de demora en el pago por parte del cliente tenemos derecho a retirarnos del contrato en las condiciones requeridas legalmente y a exigir al mismo tiempo la mercancía reservada por cuenta del cliente.
  7. Liberamos las garantías anteriormente mencionadas a petición del cliente a nuestra discreción siempre que su valor realizable supere las deudas aseguradas de forma permanente en más de un 10 %. Se considera realizable el valor estimado de la mercancía reservada o el valor nominal de las cuentas por cobrar cedidas por motivos de seguridad, descontando en cada caso una reducción de un tercio.

XV. Schutzrechte Dritter

Garantizamos que los servicios elaborados por nosotros individualmente están libres de derechos de autor de terceros que puedan limitar o excluir el uso conforme al contrato o la reutilización por parte del cliente y eximimos al cliente de cualquier posible reclamación de terceros al respecto por infracción de derechos de propiedad industrial, así como de los costes que conllevaría. Esto no es válido para productos estándar de otros fabricantes con los que solo actuamos como intermediarios para la formalización de un contrato (apartado VI. 1., frase 4 de estas condiciones); en ese caso las reclamaciones del cliente se regirán por el respectivo acuerdo de licencia con el fabricante.

XVI. Confidencialidad y protección de datos
  1. Siempre que en el marco de la ejecución del contrato una de las partes contratantes tenga conocimiento de información confidencial sobre la otra parte contratante o el personal auxiliar contratado (especialmente si se trata de información técnica, así como de asuntos de carácter operativo y empresarial), está obligada a tratar esa información con confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantiene incluso después de que finalice el contrato. Las normas sobre derechos del software u otros resultados del proyecto no se ven alteradas por el anterior acuerdo de confidencialidad.
  2. En el marco de la finalidad prevista del pedido, estamos autorizados a procesar los datos del cliente o encargar su procesamiento a terceros respetando las disposiciones pertinentes sobre protección de datos.
  3. Estamos autorizados a incluir el nombre del cliente en una lista de referencias. Cualquier otra referencia al cliente será acordada previamente con él.

XVII. Lugar de cumplimiento y prohibición de cesión
  1. El lugar de cumplimiento para todos los suministros de productos y servicios es Fráncfort del Meno.
  2. Queda excluida la cesión a terceros de reclamaciones del cliente contra nosotros derivadas de la relación comercial.

XVIII. Lugar de jurisdicción y derecho aplicable
  1. El lugar de jurisdicción para cualquier reclamación derivada de la relación comercial frente a comerciantes y personas jurídicas del derecho público es Fráncfort del Meno. Esto es válido asimismo para reclamaciones por cheques y por delitos, así como para notificaciones de litigios. No obstante, también tenemos derecho a demandar al cliente ante cualquier otro tribunal que sea legalmente competente.
  2. En el caso de suministro de productos y servicios más allá de las fronteras, Fráncfort del Meno será el lugar de jurisdicción exclusivo para cualquier litigio derivado de la relación contractual (artículo 23 del Reglamento que regula la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (EuGVVO) o 17 del Convenio de Bruselas (EuGVÜ). No obstante, nos reservamos el derecho a demandar al cliente en su lugar de jurisdicción general o ante cualquier otro tribunal competente según EuGVVO o EuGVÜ.
  3. Para todas las relaciones comerciales y jurídicas entre el cliente y nosotros se aplica exclusivamente el Derecho de la República Federal de Alemania; queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías.

XIX. Cláusulas finales
  1. Si alguna de las cláusulas anteriores quedara sin efecto, esto no afectará la validez de las cláusulas restantes. Las condiciones ineficaces serán sustituidas por normas que en su contenido económico se aproximen en la mayor medida posible al objetivo económico del contrato y a la protección adecuada de los intereses de ambos.
  2. Quedan anuladas todas nuestras anteriores Condiciones Generales de Venta para suministros de productos y servicios.
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